Ocurrió en Italia tras un diagnóstico erróneo de linfoma no Hodgkin. La Justicia elevó la compensación a más de 470.000 euros por los daños físicos, emocionales y laborales sufridos.
Un grave caso de mala praxis médica sacudió al sistema de salud europeo y derivó en una condena judicial. Una mujer recibió durante cuatro años tratamientos de quimioterapia por un cáncer que nunca tuvo y ahora el hospital responsable deberá pagarle una indemnización superior a los 470.000 euros.
El episodio se remonta a 2006, cuando la paciente, una mujer italiana de 47 años, acudió al Hospital de Volterra para someterse a una intervención ortopédica de rutina. Durante los estudios previos a la cirugía, los médicos detectaron una anomalía en el recuento de glóbulos blancos, lo que motivó la suspensión de la operación y el envío de los análisis al Hospital Universitario de Pisa.
En ese centro, tras realizarle varias biopsias de médula ósea e intestinal, los profesionales diagnosticaron un linfoma no Hodgkin de tipo MALT, un cáncer de crecimiento lento que afecta principalmente al intestino. Convencida de que debía enfrentar la enfermedad, la mujer inició en 2007 un largo tratamiento que incluyó quimioterapia, corticoides y esteroides.
Durante casi cinco años, la paciente soportó las consecuencias físicas y psicológicas de terapias altamente agresivas. Sufrió cansancio crónico, malestar permanente y severas limitaciones físicas. A esto se sumaron los efectos adversos de los corticoides y esteroides, que deterioraron progresivamente su calidad de vida.
El impacto también fue laboral y funcional. La mujer trabajaba como agente de seguros, pero tuvo que reducir drásticamente su actividad profesional y, debido a su estado de salud, llegó incluso a perder de manera temporal su carnet de conducir, lo que agravó aún más su situación personal.
El punto de inflexión llegó en 2011, cuando decidió solicitar una segunda opinión médica en un hospital de Génova. Allí, tras nuevas pruebas y biopsias, los especialistas concluyeron que la paciente no padecía ningún tipo de cáncer. Durante años, había sido sometida a tratamientos invasivos por una enfermedad inexistente.
Inicialmente, la mujer intentó resolver el conflicto por la vía extrajudicial con el Hospital Universitario de Pisa, pero ante la falta de una respuesta satisfactoria, recurrió a la Justicia. El centro médico defendió su accionar, argumentando que se trataba de un cuadro clínico complejo y que, con la información disponible en ese momento, los tratamientos aplicados eran adecuados.
Sin embargo, un dictamen pericial previo desmintió esa postura. El informe concluyó que no existían pruebas que respaldaran el diagnóstico de linfoma ni que justificaran la administración de terapias tan agresivas durante cuatro años. Además, señaló que los síntomas de la paciente no eran compatibles con ese tipo de cáncer y que los tratamientos resultaron innecesarios y perjudiciales.
La Corte de Apelación de Florencia revisó el caso y dictó un fallo considerado histórico. Reconoció a la mujer un 60% de invalidez permanente —frente al 40% fijado en primera instancia— y elevó la indemnización de 295.000 a más de 470.000 euros. El tribunal valoró no solo el daño físico y emocional, sino también el perjuicio laboral y funcional que alteró de manera profunda la vida cotidiana de la paciente.
“Desde esta perspectiva, el incremento de la indemnización está ciertamente justificado por la extraordinaria angustia y sufrimiento que el diagnóstico de linfoma, en fase terminal, debió causar a la mujer, quien pasó un período significativo de su vida, cinco años, con el temor de morir a causa de una grave enfermedad”, sostiene la sentencia, que además subraya la importancia de la personalización del daño en los casos de errores médicos prolongados. (Agencia EFE)