Quedan redefinidos como sujetos obligados ante la UIF las empresas aseguradoras, las empresas reaseguradoras locales y las sociedades de productores de seguros, agentes institorios y productores de seguro que operen en la comercialización de seguros de vida con ahorro o seguros de retiro.
La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió la Resolución 126-2023 a través de la cual se actualizan los lineamientos para la gestión de riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados correspondientes al sector asegurador deben adoptar y aplicar para gestionar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.
La norma entra en vigencia hoy, 1º de setiembre de 2023, fecha en que queda derogada la Resolución UIF 28/2018.
Entre los principales cambios que introduce, en el artículo 2º se refine quienes revisten la condición de sujetos obligados a informar ante la UIF, estando alcanzados por la normativa únicamente los siguientes
- EMPRESAS ASEGURADORAS
- EMPRESAS REASEGURADORAS LOCALES
- SOCIEDADES DE PRODUCTORES DE SEGUROS, AGENTES INSTITORIOS Y PRODUCTORES DE SEGUROS que operen en la comercialización de seguros de vida con ahorro o seguros de retiro.
Por tal motivo, se informa que la UIF procederá en las próximas semanas a efectuar la BAJA automática en el sistema SRO de aquellos intermediarios que , conforme a la información brindada a la Superintendencia de Seguros de la Nación, no comercialicen seguros de vida con ahorro o seguros de retiro.