deberá cubrir específicamente los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en los servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional regulados por el Decreto Nº 958/92 y sus modificatorios.
El Ministerio de Transporte estableció mediante la Resolución 684/2022 la ampliación del seguro de responsabilidad civil de personas transportadas, el que deberá cubrir específicamente los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en los servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional regulados por el Decreto Nº 958/92 y sus modificatorios.
Dicho decreto establece que la cobertura establecida por el artículo 1º de la presente medida deberá suscribirse a través de las entidades aseguradoras que brindan las coberturas según la Resolución Nº 25.429/97 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Los operadores de los servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de jurisdicción nacional comprendidos por la presente medida deberán incluir en los boletos un nuevo renglón con la leyenda a los efectos de dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros.
Las entidades aseguradoras deberán informar las sumas específicas de conformidad con lo que establezca la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, el cual se produjo en el día de hoy y será de cumplimiento obligatorio a partir de los CUARENTA Y CINCO (45) días computados desde su entrada en vigencia.
Acceda a la resolución completa aqu´: resolución 684 2022 ministerio de transporte.docx