Mediante la Resolución N° 30 con fecha de hoy, la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso suspender el tratamiento de nuevas entidades que soliciten autorización...
Por medio de su Resolución N° 30, que lleva fecha de hoy jueves 13, la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso suspender el tratamiento de nuevas entidades que soliciten autorización para operar en el ramo Riesgos del Trabajo por el término de 180 días. Además el Organismo suspendió por el mismo período la tramitación de los pedidos de autorización que ya estaban en curso en los que se solicitaba la autorización para operar en ese ramo.
De acuerdo a lo que se señala en la Resolución “el ingreso de nuevos operadores al mercado de riesgos del trabajo se traduciría en una situación de desigualdad comercial que no parece razonable sostener”. Esto debido a que al 30 de septiembre de 2021 el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales arrojó un saldo negativo de 3.091 millones de pesos. A la fecha del dictado de la presente resolución, el saldo del fondo continúa resultando negativo, impidiendo hacer frente a las erogaciones en curso.
“En función del agotamiento de las sumas dinerarias del fondo, las ART debieron y deben hacer frente a los pagos imputables al mismo con recursos propios, los cuales les serán reintegrados una vez recompuesto su saldo”, argumenta la SSN.
Actualmente se estimaba que había en trámite cuatro proyectos para la apertura de nuevas ART, tres de ellos con un año de antigüedad.
La resolución completa puede leerse y descargarse aquí resolucion-30.pdf