SSN: Suspende a reaseguradora admitida

La entidad deberá abstenerse de comercializar reaseguros mientras subsista la medida.


La entidad deberá abstenerse de comercializar reaseguros mientras subsista la medida.



La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN resolvió a través de la Resolución 262/2023 de fecha 05/06/2023 disponer la suspensión en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros del organismo de control  a COMPAGNIE BELGE D’ASSURANCES AVIATION (AVIABEL), entidad inscripta bajo el número 887, por el plazo de SEIS (6) meses o hasta el cumplimiento de la obligación contenida en el inc. a) del punto 2.3. del Anexo del Punto 2.1.1. del R.G.A.A., lo que ocurra primero, de conformidad con lo previsto en los puntos 2.4. y 2.5. del Anexo del Punto 2.1.1. del R.G.A.A..

Por último el organismo de control deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos del artículo 83 de la Ley N° 20.091.


Acceda a la resolución completa aquí: resolución SSN.docx