Desde las aseguradoras creen que el 47% de los siniestros denunciados en las compañías se tratan de fraude, por lo que proponen penas de 6 años de prisión.
En lo que puede constituir un hito para la industria del seguro en la Argentina, un proyecto de ley propone modificar el Código Penal y sancionar con penas de entre cuatro y seis años a quienes cometan actos de fraude.
La iniciativa, presentada por el diputado Cristian Ritondo con el acompañamiento de otros catorce legisladores, apunta a acabar con una práctica habitual de la que son víctimas las compañías y de modo indirecto los asegurados, que ven cómo sus pólizas se encarecen toda vez que el sistema requiere de fondos adicionales para hacer frente a una avalancha de casos.
Los otros diputados firmantes son Sabrina Ajmechet, Belén Avico, Karina Bachey, Alejandro Bongiovanni, Sergio Capozzi, Gabriel Chumpitaz, Florencia de Sensi, Alejandro Finocchiaro, Silvana Giudici, Hernán Lombardi, Martín Maquieyra, Verónica Razzini, María Sotolano y Martín Yeza.
El proyecto, que ya está en Comisión para su tratamiento, fue impulsado a título personal por el empresario Gabriel Bussola, presidente de Libra Seguros, que hace años lleva adelante esta pelea contra el fraude en seguros. Bussola encontró eco en el actual ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y en los 15 diputados antes citados.
El texto propuesto como nueva redacción del artículo 174 del Código Penal es el siguiente:
“Sufrirá prisión de cuatro a seis años el que, para procurarse a sí mismo o procurar a otro un provecho ilegal en perjuicio de un asegurador… incendiare o destruyere una cosa asegurada… o el que con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación, simulando siniestros o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño, cometiere fraude en perjuicio de un asegurador, reasegurador o de otro asegurado”.
Asimismo, se incluyen otros delitos penados con la misma pena, como hacer firmar documentos a menores de forma maliciosa, "al empresario o constructor de una obra cualquiera o el vendedor de materiales de construcción que cometiere, en la ejecución de la obra o en la entrega de los materiales, un acto fraudulento capaz de poner en peligro la seguridad de las personas, de los bienes o del Estado" y el que cometa fraude a la administración pública, entre otros casos.
Señala el proyecto en sus considerandos: ”En materia de fraude a empresas aseguradoras, podemos encontrarnos supuestos en que se escenifican accidentes para efectuar reclamos por daños y/o lesiones (con falsas denuncias ante la autoridad), donde a menudo están involucrados: falsos testigos; talleres de reparación y/o centros asistenciales y profesionales de la salud que emiten documentos falsos y/o facturan por servicios no prestados y/o invocan tratamientos innecesarios… a la vez que, en muchos casos, se asegura el riesgo con más de un asegurador para luego reclamar pagos a distintas compañías de seguros”.
“Estamos siendo protagonistas de un cambio fundamental en la cultura del país. El aumento de las penas le cambiará la vida a miles de personas, tanto a quienes forman parte de la industria del seguro como a quienes deberán pensar dos veces antes de incurrir en este tipo de conductas. Hace mucho que sostenemos que el que las hace las debe pagar, y con estos cambios entendemos que, como se dice, se acabó la joda”, dijo Bussola.
Hasta ahora, la ley sanciona con penas de hasta dos años en suspenso a quien sea declarado culpable del delito de fraude, una sanción excarcelable y que suele redimirse con una probation. Por lo general, las compañías de seguro llevan adelante sus propias investigaciones ante un presunto caso de fraude y se conforman con el desestimiento por parte de quien lo intenta. Ahora serán 4 a 6 años de cumplimiento efectivo.
Para el empresario, “hay que cuidar a quien actúa de buena fe, al sistema asegurador y al usuario, hay que acabar con la viveza criolla. La disminución de casos de fraude hará que el sistema asegurador goce de mejor salud, las compañías ganen en solvencia y el asegurado pague menos por su póliza”.
Bussola consideró que un proyecto de este tipo “no debiera encontrar oposición en el Parlamento”, a la vez que se mostró entusiasmado por lo que entiende es la concreción de un sueño personal: “Nunca imaginé que una iniciativa originada más en lo ético que en lo económico serviría para modificar el Código Penal. Esto invita a involucrarse, a dejar los discursos y las buenas intenciones para intentar cambiar las cosas de una vez por todas”, añadió.
Según cifras del sector asegurador, el 40% de los montos indemnizatorios que se pagan anualmente son en realidad injustificados, ya que corresponden a siniestros inexistentes o a indemnizaciones dolosamente abultadas. Pero en la Argentina, ese porcentaje se eleva al 47%: en casi la mitad de los casos las compañías pagan más de lo que deberían haber pagado o directamente se hacen cargo de casos de fraude.