La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó la apelación de tres empresas y aumentó el monto de la sentencia original. El hecho ocurrió en noviembre de 2015.
Rechazo de los recursos de apelación, incremento de los montos a pagar, modificar los cálculos de intereses e imponer el pago de costas a los demandados. Así puede resumirse la resolución de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que comienza a cerrar la demanda que presentó una mujer que en noviembre de 2015 cayó a un pozo de una obra y sufrió varias lesiones que la inmovilizaron varios meses.
Las empresas Camuzzi Gas Pampeana S.A., Red Serv S.A. y dos aseguradoras habían apelado la decisión del magistrado titular del Juzgado Civil y Comercial N°15 departamental, Héctor Fabián Casas, que hizo lugar a la demanda promovida por Rosa Nelly Sosa y los condenó a abonar solidariamente a la accionante $7.334.400.
Sin embargo, los Jueces Ricardo Monterisi y Roberto Loustanau rechazaron los recursos de apelación y modificaron algunos conceptos de la primera sentencia: incrementaron el rubro gastos médicos, de farmacia y gastos de traslado, el del daño moral y modificaron la modalidad de cálculo de los intereses moratorios de esos rubros.
El caso
El 21 de junio de 2017 el abogado Marcelo Pelizzi presentó, como apoderado de Rosa Nelly Sosa una formal demanda de daños y perjuicios por la suma de $ 1.275.900 por el accidente sufrido el mediodía del 7 de noviembre de 201 cuando cayó a un pozo de alrededor de un metro de profundidad abierto y sin señalización ubicado en la calle Salta entre Formosa y Matheu.
Producto de la caída, la mujer resultó gravemente lesionada y sufrió fractura multifragmentaria de platillo tibial externo con hundimiento y rotura de menisco de la rodilla derecha debiendo colocarse una prótesis, infección en pierna izquierda producto de la herida provocada por un caño saliente color amarillo que estaba en el pozo.
Tras estar postrada seis meses, la mujer envió una carta documento al frentista Cuarzur Edificios SA que rechazó toda responsabilidad al entender que esa obra fue ejecutada por personal de la empresa Camuzzi Gas Pampeana SA. Estos rechazaron la carta documento recibida y sostuvo que esos trabajos fueron realizados por la empresa Red Serv SRL.
Esa empresa tercerizada también rechazó la misiva, negó su responsabilidad, el acaecimiento del hecho, las circunstancias de tiempo lugar, las características del pozo, el tiempo de espera, las lesiones y consecuencias de las mismas, que dependientes de su empresa hayan estado realizando obras en la vía publica en la fecha y lugar indicados, que su empresa haya incurrido en negligencia grave y que sea responsable principal y/o solidario de los hechos denunciados.
Recién en la instancia de mediación prejudicial y pese a las intimaciones cursadas el respecto, surgieron las compañías de Seguro San Cristóbal y La Meridional, las que al igual que sus garantizados manifestaron su voluntad de no arribar a ningún acuerdo.
El Juez Héctor Fabián Casas hizo lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por Rosa Nelly Sosa contra Camuzzi Gas Pamperana SA y Red Serv SRL y, como consecuencia de ello, condenando a estos últimos a abonar solidariamente a la accionante la suma de $ 7.334.000 de manera conjunta con las citadas en garantía San Cristóbal S.M.S.G. y y La Meridional Compaíia de Seguros SA en los límites y alcances del seguro de responsabilidad civil contratado, con más sus intereses.
El magistrado hizo lugar a la defensa de fondo de falta de legitimación pasiva opuesta por Edificios Cuarzur SA y rechazó en consecuencia la demanda impetrada en su contra, sin costas. (Fuente: 0223.com.ar)