La SSN dispuso la prohibición de celebración de nuevos contratos a la compañía, manteniendo la inhibición general de bienes.
Por medio de su Resolución 2025-382-APN-SSN#MEC, que fue publicada este viernes 25 en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso la prohibición de emisión de nuevos contratos a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, ampliando las medidas cautelares vigentes (recordamos que sobre la aseguradora pesaba desde el pasado mes de mayo la inhibición general de bienes).
La gravedad de la situación de la entidad se exterioriza en los considerandos que expone el Organismo de Control en la citada Resolución: "...en este sentido, a pesar del tiempo transcurrido y de los distintas requerimientos reiteratorios, la entidad no dio cumplimiento a solicitudes esenciales vinculadas a la entrega de libros contables y societarios, detalle de rubros del balance, planillas de siniestros en trámite, información sobre montos de sentencias, pagos efectuados, estado procesal actualizado -ni siquiera consignando las condenas firmes, cálculos de compromisos técnicos- e, incluso, al pedido formal de autorización para el relevamiento del secreto bancario conforme le fuera expresamente solicitado."
En otro párrafo, se hace referencia a que "...la Gerencia de Inspección detectó irregularidades, detalladas en su Informe IF-2025-79973374-APN-GI#SSN relacionadas a juicios con sentencia firme impagas, reservas subestimadas -tanto respecto de juicios como de siniestros administrativos-, severas incongruencias en los datos informados en relación con su pasivo judicial, diferencias en deudas fiscales y falta de comprobante de pago de estas deudas, además de embargos".
Adicionalmente se establece "Que los hallazgos que resultaran de las labores inspectivas evidencian una clara irregularidad en la administración y/o contabilidad de la aseguradora que impide a este Organismo de Control conocer la situación patrimonial y financiera de la aseguradora", señalando con carácter provisional que el ajuste al pasivo debería ascender a la suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA y UN PESOS ($ 4.473.042.551)
Finalmente, la Superintendencia dispone:
ARTÍCULO 1º.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) celebrar nuevos contratos de seguro.
ARTÍCULO 2°.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) realizar actos de administración respecto de sus inmuebles, debiendo abstenerse de celebrar contratos de locación, mutuo y/o cualquier otro que puedan afectarlos.
ARTÍCULO 3°.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) realizar actos de administración respecto de sus relaciones de reaseguro, por lo que deberá abstenerse de producir innovación alguna que pueda significar una operación de corte de responsabilidad, de cut off, o cualquier otra equivalente que comporte la exclusión de la responsabilidad del reasegurador.
Para acceder al texto completo de la Resolución haga click :382 SUN BO OFICIOS.pdf