La SSN dispuso la eliminación del Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas. Se deroga el punto 37.6.3. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución 194-2024 de fecha 18 de abril de 2024 y publicada hoy en el Boletín Oficial dispuso la eliminación del Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas. Deróguese el punto 37.6.3. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias).
El mencionado punto establecía:
37.6.3 - Respecto a las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales, las entidades deben suministrar la información requerida en el “Manual de Microservicio” a través del sistema “Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas (RENASEG).
La información debe presentarse dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de haberse efectuado la novedad.
El “Manual de Microservicio” donde se indican los campos y formato requerido obra disponible para su visualización en línea en la página web de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
El Punto 37.6.3.había sido incorporado por art. 2° de la Resolución N° 389/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 23/8/2023. Vigencia: será de aplicación obligatoria en el plazo de SESENTA (60) días corridos desde su entrada en vigencia, en el que deberá quedar regularizada la carga del “STOCK INICIAL”, el cual estará conformado por los contratos de seguros de Vida, Sepelio y Accidentes Personales vigentes a la entrada en vigor de la resolución de referencia.)
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.