Tras un prolongado proceso que conmocionó al sur de Mendoza, la Justicia ratificó la responsabilidad penal y civil de dos profesionales de la salud y del Estado provincial por la muerte de la pequeña Ailyn Cruceño Vergara, de 4 años, ocurrida en septiembre de 2017 a raíz de una cadena de negligencias médicas.
 
        Tras un prolongado proceso que conmocionó al sur de Mendoza, la Justicia ratificó la responsabilidad penal y civil de dos profesionales de la salud y del Estado provincial por la muerte de la pequeña Ailyn Cruceño Vergara, de 4 años, ocurrida en septiembre de 2017 a raíz de una cadena de negligencias médicas. El caso establece un precedente crucial sobre la responsabilidad profesional en el sistema de salud.
Ailyn Cruceño Vergara falleció el 26 de septiembre de 2017 mientras era trasladada de urgencia desde el Hospital Regional de Malargüe al Hospital Schestakow, de San Rafael.
Los hechos que derivaron en su muerte son una clara secuencia de fallas. Inicialmente, la niña fue atendida en un consultorio particular por la médica cirujana Leonor Yolanda Livadioti. A pesar de que la menor presentaba fiebre, vómitos y agitación, la Dra. Livadioti diagnosticó erróneamente una gastroenteritis sin solicitar los estudios médicos pertinentes.
Al día siguiente, Ailyn ingresó al hospital de Malargüe, donde otro médico de guardia diagnosticó un grave cuadro de neumonía de pulmón derecho que comprometía los tres lóbulos, ordenando un traslado urgente a San Rafael con guardia médica. Sin embargo, el médico Pedro Martín Seput, en guardia pasiva y a cargo del traslado, no se presentó. La ambulancia partió sin médico a bordo y Ailyn sufrió un paro cardiorrespiratorio a la altura de la Cuesta de los Terneros, falleciendo sin la asistencia adecuada.
El fallo en lo penal
El año pasado, el Tribunal Penal Colegiado y el juez Jorge Yapur condenaron por homicidio culposo a los dos médicos principales involucrados. La Dra. Leonor Yolanda Livadioti fue condenada a 2 años y 4 meses de prisión y 8 años de inhabilitación para el ejercicio de la medicina por el diagnóstico erróneo. El Dr. Pedro Martín Seput, en tanto, fue condenado a 2 años de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación profesional por la falta de asistencia durante el traslado.
En el fuero civil, los padres y abuelos de Ailyn promovieron una demanda por daños y perjuicios. En primera instancia, el Sexto Juzgado Civil, Comercial y Minas de Malargüe condenó en agosto de 2024 al Hospital Regional Malargüe, a los médicos Livadioti y Seput y a sus aseguradoras. La Dra. Livadioti y su aseguradora fueron condenadas a pagar $37.564.822,80 y el Hospital Malargüe y el Dr. Seput a pagar $25.043.215,20.
Ante ello, los condenados apelaron la sentencia y ayer la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil de San Rafael deliberó y resolvió los recursos presentados. La sentencia definitiva condenó a la Dra. Livadioti, al Hospital Malargüe (Estado provincial) y al Dr. Martín Seput a pagar una suma total que ronda los 35 millones de pesos, más intereses. Los intereses se aplicarán desde el día del hecho, el 26 de septiembre de 2017, hasta el efectivo pago conforme las leyes provinciales. En ese sentido, vale aclarar que Livadioti y la compañía Seguros Médicos deberán abonar la parte mayoritaria de la indemnización.
Este proceso de apelación confirma que la Justicia mendocina ha completado la revisión de la sentencia de daños y perjuicios, ratificando la existencia de mala praxis y la responsabilidad institucional y profesional en la muerte de la menor. El fallo doble castiga la negligencia individual y subraya la obligación del Estado de garantizar un servicio de salud diligente. (Diario San Rafael)