ACUDA: Presenta amparo por la asistencia mecánica y remolque

La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina inició una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por la resolución SSN 217.2024, que afecta los derechos de los consumidores. Según la entidad, dicha resolución “priva a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.


La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina inició una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por la resolución SSN 217.2024, que afecta los derechos de los consumidores. Según la entidad, dicha resolución “priva a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.



La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Acuda), inició una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por la resolución SSN 217.2024, que afecta los derechos de los consumidores. Según la entidad, dicha resolución “priva a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

Además de solicitar la nulidad del artículo mencionado, Acuda presentó una solicitud de medida cautelar para que, en lo inmediato, se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada.

“Anular por completo lo que estaba, va a producir un gasto mucho mayor a los consumidores porque van a tener que salir a contratar el sistema de acarreo por fuera del seguro. Nosotros creemos que los problemas que hay actualmente, como la demora en el servicio, es mucho más beneficioso de atacar con la legislación vigente, que con la que está por venir, porque no te lo va a permitir”, dijo Ricardo Espinosa, presidente de Acuda.

La demanda de la asociación se basa en tres ejes fundamentales:

* El quebrantamiento de los intereses económicos y desequilibrio contractual, favoreciendo a las aseguradoras y colocando a los consumidores en una posición desventajosa porque tendrían que pagar prácticamente el mismo precio por una póliza que ya no incluye servicios que antes estaban contemplados;

* La afectación del principio de buena fe, ya que los consumidores confiaron en la integridad y estabilidad de los términos acordados al contratar el seguro;

* El perjuicio económico, debido a que la eliminación de la cobertura de remolque y asistencia mecánica no se refleja en una reducción significativa en el precio de las primas de seguro para los consumidores e implica necesariamente un mayor desembolso para proveerse del mismo servicio por medios alternativos.

Hasta el momento, y teniendo en cuenta que todavía quedan más de 50 días para que entre en vigencia la resolución, la mayoría de las compañías de seguros no ha establecido aun los nuevos costos y opciones de servicio adicional para remolque por desperfectos mecánicos que ofrecerán a sus clientes.

A pesar de la fecha del 24 de julio que establece la resolución, muchas aseguradoras ya comunicaron a sus clientes que desde el 1 de julio dejan de prestar el servicio, y en compensación les emitirán un endoso por los días que no ofrezcan el acarreo que estaba contratado.

El lector puede acceder al texto completo del escrito de amparo haciendo click aquí