Nuevos criterios para las Reservas Técnicas y el Capital Computable de las ART

La SSN actualiza en el RGAA los criterios para la valuación de reservas y capital computable en Riesgos del Trabajo. A través de RESOL-2025-536-APN-SSN#MEC.


La SSN actualiza en el RGAA los criterios para la valuación de reservas y capital computable en Riesgos del Trabajo. A través de RESOL-2025-536-APN-SSN#MEC.



La Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) dictó la Resolución RESOL-2025-536-APN-SSN#MEC, que introduce modificaciones en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (R.G.A.A.) con el objetivo de simplificar el cálculo de reservas técnicas y reforzar la solvencia del sistema de Riesgos del Trabajo.

La Resolución introduce cambios en las Reservas de Siniestros en Proceso de Liquidación (S.P.L.), incorporando fórmulas actualizadas y el uso de un porcentaje de incapacidad calculado según la experiencia siniestral de cada aseguradora, con valores mínimos obligatorios, que aseguran homogeneidad y mayor precisión en la estimación de pasivos.

Asimismo, se actualiza la Reserva de Siniestros Ocurridos pero No Reportados (I.B.N.R.).

La Resolución también establece adecuaciones transitorias al capital computable que permiten computar hasta un máximo del 30% del capital mínimo requerido con pagos derivados de conciliaciones judiciales de los últimos 12 meses, orientada a promover una política activa de conciliación judicial.

Estas modificaciones reflejan el compromiso del Organismo con la solvencia del sistema y la protección de los asegurados, brindando reglas más claras y acordes a la realidad actual del mercado de Riesgos del Trabajo.

(Fuente: SSN)