Nuevo incrementos de sumas aseguradas mínimas para seguros obligatorios de RC
Tal como veníamos anticipando en nuestras emisiones sabatinas, se confirmó que a partir de hoy se produce el nuevo aumento de la UF (Unidad Fija), unidad de medida utilizada para fijar las multas de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires, pero que también se utiliza como parámetro para las sumas aseguradas mínimas exigidas de varios seguros obligatorios que rigen en el ámbito de la capital nacional.
La UF en C.A.B.A. tiene como parámetro el valor promedio del 1/2 litro de la nafta de mayor octanaje y atento el incremento sufridos por los combustibles desde el 3 de marzo del 2024, fecha de fijación del valor que regía hasta hoy, se aguardaba un aumento que superaría el 30 %.
El nuevo valor de la UF es de $ 630,20 que representa un aumento del 33,69 % respecto del valor anterior, y ya se encuentra publicado en la página web de la Dirección General de Estadísticas y Censo del gobierno porteño Podés consultarlo aquí: https://www.estadisticaciudad.gob.ar/eyc/?page_id=127327
El nuevo valor permanecerá fijo hasta el próximo ajuste, que regirá el 2 de marzo del próximo año y en consecuencia, los valores de los principales seguros de Responsabilidad Civil obligatorios son los que se indican a continuación:
RC ASCENSORES Y MONTACARGAS
El monto mínimo de cobertura es:
– 300.000 UF para primer o único elevador. Nueva suma asegurada: $ 189.060.000
– 50.000 UF para cada elevador adicional. Nueva suma asegurada: $ 31.510.000
– Si el elevador estuviese instalado en vivienda unifamiliar se acepta que el mínimo sea de 50.000 UF. (ídem suma anterior)
RC CONSERVADORES DE ASCENSORES
La póliza de seguro debe ser contratada con un monto mínimo de cobertura de 350.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 220.570.000
RC CALDERAS
- 400.000 UF para única o primera caldera de vapor a alta presión. Nueva suma asegurada: $ 252.080.000
- Para la segunda 25% del valor anterior = 100.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 63.020.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 60.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 37.812.000
- 200.000 UF para única o primera caldera de vapor a baja presión. Nueva suma asegurada: $ 126.040.000
- Para la segunda el 25% del valor anterior = 50.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 31.510.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 30.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 18.906.000
- 100.000 UF para única o primera caldera de agua caliente o de fluido térmico. Nueva suma asegurada: $ 63.020.000
- Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 25.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 15.755.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 15.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 9.453.000
- 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque). Nueva suma asegurada: $ 31.510.000
- Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 12.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 7.877.500
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 7.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 4.726.500
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIONES - RESOLUCIÓN -2019-118-AGC
Tipo de Obra Superficie a Construir Cantidad de UF Monto del seguro mínimo
MICRO OBRA Hasta 50 m2 250.000 $ 157.550.000
OBRA MENOR Entre 50 m2 y hasta 1000 m2 1.200.000 $ 756.240.000
OBRA MEDIA Entre 1000 m2 y hasta 5000 m2 1.800.000 $ 1.134.360.000
OBRA MAYOR Más de 5000 m2 2.200.000 $ 1.386.440.000
Para las obras que consistan únicamente en demolición, el monto mínimo requerido será el estipulado para la OBRA MEDIA (1.800.000 UF), $ 1.134.360.000