Modificó el punto 39.6.4 del RGAA y ajustó los requerimientos del sistema SIJyM para garantizar mayor transparencia y solvencia
Con el objetivo de elevar los estándares de transparencia y fortalecer la solvencia del sistema asegurador argentino, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificó nuevamente el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), esta vez poniendo el foco en la información relativa a juicios y mediaciones
Mediante una resolución firmada por el Superintendente de Seguros, el organismo oficializó el reemplazo del punto 39.6.4 del RGAA —que tiene como texto base la Resolución SSN Nº 38.708 de 2014— para actualizar el funcionamiento del Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones (SIJyM). La reforma también incluye la sustitución del anexo técnico con los datos específicos que deben reportar las compañías.
A partir de ahora, las aseguradoras deberán remitir esta información en forma trimestral, y la fecha límite de presentación será de diez (10) días corridos posteriores al plazo previsto para la entrega de los estados contables. Esta decisión acorta significativamente los tiempos y apunta a que el organismo cuente con información más actualizada y detallada sobre uno de los rubros más sensibles del sector: los siniestros judicializados.
El nuevo anexo, identificado como IF-2025-40049770-APN-GEY, no modifica el modelo de datos ya vigente, pero sí ajusta la modalidad de envío, especialmente para las entidades involucradas en fusiones o cesiones de cartera. De esta manera, se busca mejorar tanto la accesibilidad como la calidad de los datos que llegan al organismo de control.
Desde la SSN destacaron que las reclamaciones judiciales y mediaciones constituyen un componente clave dentro del pasivo de siniestros pendientes, motivo por el cual su correcta valuación e información resulta esencial para garantizar la estabilidad del sistema.
La medida forma parte de un proceso más amplio de modernización normativa que la Superintendencia viene llevando adelante desde el dictado original del RGAA, un compendio que había unificado en 2014 más de 1.500 disposiciones previas. En los últimos meses, el organismo también actualizó los plazos para la presentación de balances contables: 45 días para aseguradoras y 60 días para reaseguradoras, tras el cierre de cada trimestre o ejercicio.
Con esta nueva modificación, el organismo reafirma su rol de fiscalización activa y promueve condiciones más estrictas de cumplimiento en un contexto donde la solvencia técnica es clave para el resguardo de los derechos de los asegurados. Las entidades, por su parte, deberán adaptar sus sistemas internos para no incurrir en incumplimientos y asegurar que la información llegue en tiempo y forma.
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