Las aseguradoras tendrán 30 días más para cumplir con las exigencias del nuevo sistema de control de litigios. La medida busca mejorar la calidad de los datos y endurece los controles
En una medida esperada por el sector asegurador, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) comunicó este miércoles la prórroga del plazo para el cumplimiento de los nuevos requerimientos del Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones (SIJyM). A través de la Resolución RESOL-2025-260-APN-SSN#MEC, el organismo extendió por 30 días el vencimiento original del período 2025-1, que ahora operará el próximo 25 de junio, en lugar del 26 de mayo.
La decisión busca dar margen a las compañías para adaptarse a las modificaciones introducidas en el Punto 39.6.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), las cuales ajustan las condiciones para la carga de información sobre causas judiciales y mediaciones. En este sentido, la SSN detalló los principales cambios que deberán aplicar las aseguradoras bajo su supervisión, a fin de asegurar mayor transparencia y eficiencia en el procesamiento de datos vinculados a siniestros judicializados.
Entre los nuevos requisitos, se destacan:
Eliminación del envío por TAD: ya no será necesario remitir los reportes vía Trámites a Distancia.
Ampliación del alcance informativo: deberán incluirse todas las causas judiciales y mediaciones activas, cerradas o iniciadas y finalizadas en el trimestre, incluso aquellas no relacionadas con siniestros, donde la aseguradora actúe como parte.
Archivo único con encabezado obligatorio: se exige la presentación de un único archivo que identifique período, correos de contacto y, en caso de corresponder, datos de aseguradoras involucradas en fusiones o cesiones de cartera.
Ventana de presentación delimitada: se habilita un período concreto para subir la información, comenzando tras el cierre del trimestre y finalizando 10 días después del vencimiento del plazo para la presentación de estados contables.
Sistema de rectificativas más riguroso: cualquier modificación posterior al cierre requerirá autorización específica.
Desde la Superintendencia aclararon que si bien no se modificó el modelo de datos exigido, sí se optimizó la plataforma INFOGEYE, con el objetivo de mejorar la experiencia de carga y reducir errores en la información enviada.
Controles más estrictos y una mirada sobre la solvencia
Más allá del alivio temporal que supone la prórroga, la nueva normativa forma parte de una estrategia más amplia de endurecimiento de los controles que la SSN viene desplegando en los últimos años para garantizar la solvencia técnica y la transparencia del sistema asegurador argentino. Las modificaciones al punto 39.6.4 —basadas en la antigua Resolución N° 38.708/2014— reflejan un cambio de paradigma en la supervisión de juicios y mediaciones.
Desde el organismo remarcaron que estas actuaciones judiciales constituyen un componente crítico del pasivo de siniestros pendientes, y su adecuada valuación resulta indispensable para proteger a los asegurados frente a incumplimientos o insolvencias futuras.
La SSN viene actualizando de forma sistemática la normativa del RGAA, un marco regulatorio que en 2014 consolidó más de 1.500 disposiciones. En línea con este proceso, también se redujeron recientemente los plazos para presentar estados contables: 45 días para aseguradoras y 60 días para reaseguradoras, una muestra más del enfoque en la actualización constante de la información.
A partir de estas reformas, las entidades deberán adecuar rápidamente sus sistemas internos de registro y reporte para cumplir con los plazos y condiciones establecidos. No hacerlo podría derivar en sanciones y afectar su posición ante el organismo de control.
Consultas y comunicaciones podrán dirigirse al correo oficial: jym@ssn.gob.ar. La SSN mantiene abierta esta vía para acompañar el proceso de implementación y corregir eventuales dificultades en la carga inicial.
Accesa a la Circular aquí: IF-2025-49803755 - ESTUDIOS.pdf