Serán 10 juzgados de primera instancia y una Cámara con dos salas que coexistirán con la Justicia Nacional del Trabajo. También se aprobó un Código Procesal para la nueva Justicia del Trabajo de la ciudad.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el pasado viernes la puesta en funcionamiento del Fuero del Trabajo, iniciativa del Poder Ejecutivo porteño para comenzar a asumir la competencia y jurisdicción en materia laboral que hoy tiene la Justicia Nacional del Trabajo. El proyecto se aprobó conjuntamente con la creación de un Código Procesal para la Justicia del Trabajo de la Ciudad.
Con 31 votos afirmativos, 25 negativos y 2 abstenciones, el texto sustituye el artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y establece que la creación de una Cámara de Apelaciones del Trabajo que estáará integrada por 6 jueces/zas dividida en dos salas, y de 10 Juzgados de Primera Instancia.
Estos tribunales entenderán “en todas las cuestiones contenciosas de conflictos individuales de derecho del trabajo, por demandas o reconvenciones fundadas en los contratos de trabajo, convenciones colectivas de trabajo, laudos con eficacia de convenciones colectivas, o disposiciones legales o reglamentarias del Derecho del Trabajo; y las causas entre trabajadores y empleadores relativas a un contrato de trabajo, aunque se funden en disposiciones del derecho común aplicables a aquél”.
Asimismo, tendrán competencia en los recursos contra lo dispuesto por la comisión médica con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la Comisión Médica Central cuando haya intervenido aquella previamente y toda otra causa derivada de la Ley 24.557 y su complementaria 27.348 y las que pudieren reemplazarlas o modificarlas en el futuro.
El texto aprobado -que también incorpora fiscales y defensores del trabajo- establece un plazo de ciento ochenta días corridos desde la entrada en vigencia de la normativa a fin de que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “disponga lo necesario para la integración de los órganos que conforman la referida justicia del Trabajo”.
Además de ello, la Legislatura porteña también aprobó el Código Procesal para la Justicia del Trabajo, cuyas principales novedades son la oralidad, la digitalidad plena y videograbada de las audiencias, una reducción de los plazos que tienen las partes y los jueces para decidir (establece caducidad de instancia luego de 6 meses sin impulso, previo intimación); se habilita la posibilidad de establecer conciliación en todo momento del proceso; y se incorporan medios de prueba digitales y virtuales, entre otros aspectos.
Vale aclarar que las causas laborales iniciadas ante la Justicia Nacional del Trabajo van a permanecer su trámite ante dicho fuero. (Palabras del Derecho)