Todo comenzó a causa de una maniobra abrupta por parte del chofer del colectivo, el auxiliar que servía el desayuno a la pasajera le derramó el café caliente sobre la pierna, provocándole quemaduras graves.
La pasajera se encontraba en un viaje desde la provincia de Chubut hacia Cipolletti y el accidente ocurrió a la altura de Guerrico, durante un control de tránsito en la Ruta 22.
Según se conoció, el chofer iba a una alta velocidad, ya que pretendía llegar a tiempo a destino, por lo que ante el accidente no quiso derivar a la mujer a un centro de salud cercano. Incluso cuando arribó a la Terminal de Ómnibus la empresa demoró más de dos horas en trasladarla a una clínica.
Ante lo ocurrido, la mujer llevó el caso a la justicia, donde el hecho, tuvo un fallo de primera instancia que hizo lugar al reclamo de la pasajera y después la empresa y la aseguradora interpusieron una apelación. Sin embargo, el tribunal que analizó las actuaciones, desestimó los argumentos y confirmó la sentencia.
Se confirmó la indemnización a su favor, por lo que la empresa de transporte Transportes Don Otto S.A. deberá cumplir la condena por su responsabilidad en el incidente. El monto de la indemnización incluye el tratamiento psicológico al que deberá asistir la pasajera para tratar el episodio, el daño moral y los gastos de farmacia junto a los del tratamiento médico.
El fallo sostuvo que la empresa cometió transgresiones tanto legales como contractuales. Estas infracciones no solo se refieren a la maniobra imprudente del conductor que resultó en el derrame del café por parte del auxiliar de la empresa, sino también a la falta de medidas de seguridad adecuadas para prevenir tales accidentes y una actitud posterior que mostró un completo desprecio por la integridad de la joven que viajaba en el micro.
Además, la empresa recibió una multa civil por su comportamiento respecto a la clienta en el contexto de una relación de consumo.
(Fuente: AN Roca)