Hace instantes salió la edición del 12/10 del Boletín Oficial de la República Argentina, en la cual (finalmente) se publica el texto de la Resolución 2021-725 de la SSN, fechada el pasado 06/10, por la cual el Organismo de Control dispuso prohibir la celebración de nuevos contratos a PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA...
El pasado martes 12/10 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el texto de la Resolución 2021-725 de la SSN, fechada el pasado 06/10, por la cual el Organismo de Control dispuso prohibir la celebración de nuevos contratos a PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT Nº 30-50005918-0).
La medida, que amplía la inhibición general de bienes dictada con fecha 16/09 pasado (la cual NO fue publicada), obedece a que en el análisis de los balances anuales cerrados al 30/06 se advierten:
Además, según la Resolución, "tampoco es posible determinar que en los Estados Contables del ejercicio cerrado al 30 de junio de 2021 se expongan saldos suficientes en los rubros Compromisos Técnicos y Deudas con Asegurados, Reservas de Siniestros Pendientes del Riesgo del Trabajo – Ley N° 24.557, por lo que la entidad no está en condiciones de emitir primas en ninguna de las ramas, atento a carecer de capacidad suficiente para retener dichos riesgos".