La Superintendencia de Seguros de la Nación a tavés de la Resolución 51-2025 de fecha 3 de febrero de 2025 resolvió conformar el acto constitutivo de la entidad
La Superintendencia de Seguros de la Nación a tavés de la Resolución 51-2025 de fecha 3 de febrero de 2025 resolvió conformar el acto constitutivo de la entidad COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA.
Asimismo la autorizó a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Rama "SEPELIO”, con el Plan
denominado “SEGURO DE SEPELIO COLECTIVO”, con las Condiciones Contractuales del Seguro de Sepelio obrantes en el
Anexo del punto 23.6. inciso b) apartado I) del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N°
38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014), a las cuales se adhiere
También hizo lo propio con la autorización para operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Rama "RESPONSABILIDAD CIVIL", con el Plan denominado “SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL”, de conformidad con las condiciones
contractuales previstas en las Resoluciones SSN N° 37.849 y RESOL-2018-65-APN-SSN#MF, de fechas 17 de octubre de
2013 y 25 de enero, respectivamente, y el siguiente elemento técnico-contractual: Nota Técnica obrante a páginas 1/2 del IF2023-108715011-APN-DTD#JGM.
Por último también fue autorizada a operar en la Subrama “VIDA COLECTIVO”, con el Plan denominado “SEGURO DE VIDA COLECTIVO”, y los siguientes elementos técnicocontractuales: Formulario de Denuncia del Siniestro a página 1 del IF-2023-142461614-APN-DTD#JGM; Condiciones Generales, Condiciones Generales Específicas y Cláusula Adicional de Opción para los Jubilados a páginas 1/12 del IF-2023- 145255253-APN-DTD#JGM; Nota Técnica a páginas 1/6 y Bases Técnicas a páginas 8/9 del IF-2023-145255316-APNDTD#JGM.
Acceda a la Resolución aquí: 51 CORREO BO.pdf