Comienza a regir hoy nueva normativa para el sector Seguros

Sólo revestirán carácter de sujetos obligados quienes comercializan seguros de vida con ahorro y seguros de retiro.


Sólo revestirán carácter de sujetos obligados quienes comercializan seguros de vida con ahorro y seguros de retiro.



La normativa, publicada en el Boletín Oficial el pasado 14 de julio, actualiza los lineamientos para la gestión de los riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados del sector deben adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.

Además, distingue para quienes comercializan seguros de vida con ahorro y seguros de retiro las obligaciones de cumplimiento y los procedimientos de Debida Diligencia respecto de los clientes que los contratan, ya que representan un mayor riesgo inherente de LA/FT/FP, de acuerdo con los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP.

A su vez, readecúa el mecanismo de actualización automático, tomando como parámetro el Salario, Mínimo Vital y Móvil y algunas obligaciones relativas a cada sujeto obligado relacionado con el sector asegurador, considerando el Enfoque Basado en Riesgo (EBR).

También identifica supuestos considerados de riesgo alto e incorpora señales de alerta orientativas sujetas a análisis de los sujetos obligados a fin de determinar si corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.

La Resolución UIF N° 126/2023 reemplaza a la N° 28, emitida en 2018.