Caledonia: La SSN revoca la Resolución 295 y le concede recurso de apelación

Lo hizo a través de la Resolución 2024-324 de fecha 16/07/2024. Revocó la Resolución RESOL-2024-295-APN-SSN#MEC de fecha 25 de junio y le concede el recurso de apelación interpuesto al solo efecto devolutivo


Lo hizo a través de la Resolución 2024-324 de fecha 16/07/2024. Revocó la Resolución RESOL-2024-295-APN-SSN#MEC de fecha 25 de junio y le concede el recurso de apelación interpuesto  al solo efecto devolutivo



La Superintendencia de Seguros de la Nación, a través de la Resolución 2024-324 de fecha 16/07/2024 resolvió Revocar la Resolución RESOL-2024-295-APN-SSN#MEC de fecha 25 de junio. 

Asimismo el organismo de control le concedee el recurso de apelación interpuesto por CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50003967-8), mediante las presentaciones obrantes en los documentos RE-2024-63925206-APN-GAJ#SSN y RE-2024-64142928-APN-GAJ#SSN, ambas de fecha 18 de junio de 2024, al solo efecto devolutivo.

En el artículo 3º se establece dar a conocer lo aquí resuelto a la EXCELENTÍSIMA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL –SALA C-, donde tramita el recurso de queja interpuesto contra la resolución citada en el artículo 1°, en trámite bajo el expediente judicial COM 014110/2024.

En los considerandos de la resolución da cuenta que por la Resolución RESOL-2024-250-APN-SSN#MEC, de fecha 23 de mayo, se le comunicaron a CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50003967-8) los ajustes y observaciones definitivos correspondientes a los Estados Contables cerrados al 31 de diciembre de 2023, en los términos de los artículos 31, 44, 67 incisos a) y e) y 86 de la Ley N° 20.091.


Que la aludida Resolución fue notificada el 24 de mayo de 2024 (conf. DOCFI-2024-54210833-APN-GA#SSN).
Que mediante sendas presentaciones obrantes en los documentos RE-2024-63925206-APN-GAJ#SSN y RE2024-64142928-APN-GAJ#SSN, ambos de fecha 18 de junio de 2024, CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50003967-8) interpuso contra la resolución identificada en el primer párrafo un recurso de apelación en los términos del artículo 83 de la Ley N° 20.091.

Que a través de la Resolución RESOL-2024-295-APN-SSN#MEC, de fecha 25 de junio, esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN denegó el recurso de apelación interpuesto por CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50003967-8), respecto de la Resolución RESOL-2024-250-APN-SSN#MEC, de fecha 23 de mayo, por extemporáneo.

Acceda a la Resolución 295 aquí: 295 SUN BO.pdf


Que con posterioridad a dicha denegación se advirtió que la recurrente, en fecha 29 de mayo de 2024, había formulado un pedido de vista de las actuaciones a través de la nota embebida al IF-2024-56171578-APNGAIRI#SSN por ante una repartición distinta a la de radicación del expediente.
Que dicho pedido de vista importó una suspensión de los plazos en curso en los términos del artículo 76 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 (T.O. 2017).


Que sin perjuicio de que la apelante en la pieza recursiva no invocó la articulación de solicitudes susceptibles de producir la suspensión de los plazos en curso a los efectos de su interposición, en los términos del artículo 17 de la Ley N° 19.549 (texto según Ley N° 27.742), corresponde revocar la Resolución RESOL-2024-295- APNSSN #MEC, de fecha 25 de junio.


Que, en consecuencia, corresponde conceder el recurso de apelación articulado por CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50003967-8), por resultar el mismo formalmente procedente.


Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos se expidió en lo atinente a su órbita competencial.


Que los artículos 17 de la Ley N° 19.549 (texto según Ley N° 27.742), 67 y 83 de la Ley N° 20.091 confieren a esta Autoridad de Control atribuciones para el dictado de la presente resolución. 


Acceda a la Resolución aquí : 324 SUN BO_240716_190344.pdf