Asimismo le prohibió realizar actos de administración respecto de sus relaciones de reaseguro, por lo que deberá abstenerse de producir innovación alguna que pueda significar una operación de corte de responsabilidad, de cut off, o cualquier otra equivalente que comporte la exclusión de la responsabilidad del reasegurador.
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución Sintetizada 305/2024 de fecha 02/07/2024 y publicada hoy en el Boletín Oficial dispuso:
ARTÍCULO 1º.- Prohibir a BOSTON COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50000111-5) realizar actos de administración respecto de sus inmuebles, debiendo abstenerse de celebrar contratos de locación, mutuo y/o cualquier otro que puedan afectarlos. La Gerencia de Inspección labrará acta tomando razón del estado de ocupación de los inmuebles.
ARTÍCULO 2º.- Prohibir a BOSTON COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-50000111-5) realizar actos de administración respecto de sus relaciones de reaseguro, por lo que deberá abstenerse de producir innovación alguna que pueda significar una operación de corte de responsabilidad, de cut off, o cualquier otra equivalente que comporte la exclusión de la responsabilidad del reasegurador.
ARTÍCULO 3°- La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas ordenadas en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091, dentro de los CINCO (5) días hábiles de su notificación.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución SSN N° 39.527 de fecha 29 de octubre de 2015, y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
Acceda a la Resolución completa aquí: 305 SUN BO.pdf