Aseguradora del Finisterre: Multada por la SSN

Lo hizo a través de la Resolución 2025-577 de fecha 29 de octubre de 2025 debido a la falta de indemnizaciones de numerosos siniestros, habiendo vencido el plazo legal estipulado


Lo hizo a través de la Resolución 2025-577 de fecha 29 de octubre de 2025 debido a la falta de indemnizaciones de numerosos siniestros, habiendo vencido el plazo legal estipulado



La Superintendencia de Seguros a través de la Resolución 2025-577 de fecha 29 de octubre de 2025 dispuso multar a la aseguradora debido a la falta de indemnizaciones de numerosos siniestros, habiendo vencido el plazo legal estipulado, acreditando un patrón de conducta disvalioso y repetitivo.

La aseguradora alegó en su defensa que  una medida cautelar previa de la SSN (prohibición de celebrar nuevos contratos) le causó falta de liquidez e impactó en su capacidad financiera, sugiriendo medidas de fiscalización asistida en lugar de punitorias.

La SSN refutó la defensa indicando que: 1) La prohibición de nuevos contratos no exime de pagar compromisos ya asumidos,  2) Dicha medida fue dejada sin efecto en septiembre de 2024 a través de la RESOL-2024-480, y 11 de las 13 denuncias fueron posteriores a esa revocación,  3) La aseguradora, como empresa especializada, debe prever contingencias y no puede trasladar su eventual crisis financiera a los asegurados y  4) La entidad no contestó a la intimación sobre el estado de los nuevos acuerdos de pago.

Por tal motivo el organismo de control le aplicó una sanción consistente en una MULTA por la suma de $ 2.469.894,30, estipulada en el mínimo legal del artículo 58 inciso c) de la Ley

Acceda a la Resolución completa aquí: 577 SUN BO.pdf