Le permite celebrar nuevos contratos de seguros pero mantiene la medida cautelar de inhibiciòn general de bienes.
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución 2025-320-APN-SSN#MEC de fecha 23/06/2025 dispuso el levantamiento de la medida cautelar de prohibición de celebrar nuevos contratos de seguros impuesta a ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (CUIT 30-71234029-7) por el artículo 3° de la Resolución RESOL-2025-216-APN-SSN#MEC, de fecha 11 de abril de 2025.
Asimismo ordena mantener la medida cautelar de INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES y la consecuente prohibición de realizar actos de disposición respecto de sus inversiones impuesta a ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (CUIT 30-71234029-7) por el artículo 1º de la RESOL-2022-183-APN-SSN#MEC, de fecha 10 de marzo, en atención a configurarse el supuesto establecido en el inciso b) del artículo 86 de Ley N° 20.091 (texto según Ley N° 24.241).
Acceda a la Resoluciòn completa aquì: 320 SUN BO.pdf