Anticipo confirmado: aumento de sumas aseguradas en RC Automotor




En el día de ayer se confirmó nuestro anticipo del programa pasado, al publicarse el Boletín Oficial con la Resolución SSN 268/2021 de la SSN, firmada el pasado martes 16, la cual establece los nuevos límites para la RC Automotor que podrán utilizarse a partir del 1° de abril próximo:

1. PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($17.500.000.-) Para las siguientes categorías de vehículos:

1.1. Automóviles y Camionetas

1.2. Vehículos Remolcados

1.3. Autos de alquiler sin chofer.

1.4. Motovehículos y Bicicletas con motor.

1.5. Casas Rodantes.

2. PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($38.500.000.-) para las siguientes categorías de vehículos:

2.1. Taxis y Remises.

2.2. Maquinarias Rurales y Viales.

2.3.Camiones y Semitracciones.

2.4. Acoplados y Semirremolques.

2.5. Servicios de Urgencias.

2.6. Fuerzas de Seguridad.

2.7. M1: vehículo para transporte de pasajeros, que no contenga más de OCHO (8) asientos además del asiento del conductor y que cargado no exceda de un peso máximo de TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 kg.).

3. PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES ($58.000.000.-) para las siguientes categorías de vehículos:

3.1. M2: vehículo para transporte de pasajeros con más de OCHO (8) asientos excluyendo el asiento del conductor, y que no exceda el peso máximo de CINCO MIL KILOGRAMOS (5.000 kg.).

3.2. M3: vehículos para transporte de pasajeros con más de OCHO (8) asientos excluyendo el asiento del conductor, y que tenga un peso mayor a los CINCO MIL KILOGRAMOS (5.000 kg.).

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a las entidades aseguradoras, a partir del 1 de abril de 2021, a celebrar contratos de Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículos intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica con el límite obligatorio, único y uniforme de cobertura por acontecimiento de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($38.500.000.-).

Para el caso del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (Art. 68 - Ley 24.449), los nuevos límites serán:

* Obligación Legal Autónoma

Se cubre la Obligación Legal Autónoma por los siguientes conceptos:

1. Gastos Sanatoriales por persona hasta PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-).

2. Gastos de Sepelios por persona hasta PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000.-).

* Límite de Responsabilidad

a) Se cubre la responsabilidad en que se incurra por el vehículo automotor objeto del Seguro, por los daños y con los límites que se indican a continuación:

1. Muerte o incapacidad total y permanente por persona PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($1.750.000.-).

2. Incapacidad parcial y permanente por la suma que resulte de aplicar el porcentaje de incapacidad padecida sobre el monto previsto para el caso de muerte o incapacidad total y permanente. Dicha incapacidad parcial y permanente se sujetará al Baremo que figura en el cuadro de la Cláusula 9.

3. Un límite por acontecimiento en caso de producirse pluralidad de reclamos igual al doble del previsto para el caso de muerte o incapacidad total y permanente.

El lector puede acceder al texto completo de la Resolución y sus anexos aquí