Es por la muerte de un joven de 23 años apuñalado en 2018, en un partido entre el Globito y Unión de Villa Krause.
La Justicia civil ordenó que se indemnice con una suma millonaria a la familia de un simpatizante de Huracán las Heras de 23 años que fue asesinado durante un partido que el Globito disputó en su cancha con Unión de Villa Krause de San Juan en febrero de 2018.
El fallo del tribunal de Gestión Asociada 4º recayó sobre los organizadores –el club lasherino, La Asociación del Futbol Argentino (AFA-) y dos hermanos que fueron condenados por haber apuñalado a la víctima, además de una empresa de seguros.
El día 10 de febrero de 2018 D. C. concurrió a la Estadio del Club Atlético Huracán Las Heras, a disfrutar de un partido entre el Club Atlético Huracán Las Heras y Unión de Villa Krause de San Juan, evento organizado por la Liga Mendocina de Futbol, la Asociación del Futbol Argentino (AFA) y el Consejo Federal de Futbol Argentino.
Ese día, al ser un cotejo de riesgo dado la rivalidad entre la parcialidad mendocina y sanjuanina, los organizadores contrataron los servicios de Ministerio de Seguridad, para que realizara el operativo integral de prevención y seguridad pública, en las inmediaciones del estadio, en sus lugares de ingreso al estadio, dentro del estadio mismo.
Lo cierto es que cerca de las 18.30 el hincha, con entrada en mano, fue sometido a la requisa correspondiente, ingresó al predio de Huracán y en las inmediaciones de la cantina, fue atacado por un grupo de personas entre los que se identificaron a los hermanos José Luis Oliva Zamorano y Emanuel Sebastián Oliva Zamorano.
El joven fue lesionado con un arma blanca en la zona abdominal por lo que fue trasladado al Hospital Carrillo, de Las Heras, lugar donde falleció por la gravedad de las lesiones sufridas.
El caso quedó en manos del Fiscal de Homicidios Gustavo Pirrello, quien imputó a los hermanos Oliva por el delito homicidio en riña. En Marzo de 2019 ambos fueron condenados por Tribunal Penal Colegiado N° 2 por ese delito y fue la primera condena en Mendoza que aplicó el agravante para delitos ocurridos en el marco de un espectáculo deportivo, desde la reforma del Código Penal.
José Luis Oliva recibió la pena de 3 años de prisión y Emanuel Oliva Zamorano, la pena de cuatro años 4 y 6 meses de cárcel.
Ante esta situación la madre y los 5 hermanos de la víctima entablaron una demanda por daños y perjuicios contra los condenados, los organizadores del evento deportivo (Huracán Las Heras y AFA) y el Estado Provincial encargado de la seguridad y una empresa aseguradora.
La decisión del tribunal
Este semana el tribunal de Gestión Asociada 4º ordenó que solo la AFA, el club Huracán Las Heras, los dos hermanos condenados le paguen y una empresa aseguradora –en forma solidaria- paguen $ 24.421.490 a la familia de la víctima, de este monto $ 15.410.290 le corresponden a la madre y el resto a los hermanos.
Previamente, La Liga Mendocina de Futbol, la Asociación de Futbol Argentino y la Provincia de Mendoza se opusieron esgrimiendo la falta de legitimación sustancial pasiva como defensa de fondo, en tanto el Club Huracán Las Heras fue declarado rebelde.
Luego, el tribunal consideró que no se constató un deficiente servicio de parte de la policía de Mendoza, como tampoco la existencia de graves negligencias en el desarrollo del operativo de seguridad al ingreso al estadio.
Además quienes testificaron sostienen que fueron cachados por la policía al ingreso, tal como sucedió con la propia víctima. Po lo que “no se ha demostrado una conducta del personal policial impropia para la preservación racional de la integridad física de las personas en beneficio de las cuales debía actuar”.
La responsabilidad de la muerte del simpatizante del Globito recayó, obviamente sobre los dos agresores condenados y los organizadores, quienes debían “garantizar al espectador su seguridad personal por los daños que origine el desarrollo del espectáculo o por las cosas o persona puestas por el empresario al servicio del público”.
“No albergo dudas de que el Club Deportivo Huracán Las Heras se encuentra plenamente legitimado a efectos de ser demandado en la presente causa”, dijo el juez interviniente, apoyándose en que las entradas tenía el logo del club y la leyenda “Copa Mendoza 2017. Popular Norte” y que recibió un provecho por la venta de las entradas.
En relación a la Asociación de Futbol Argentino, se llegó a igual conclusión, ya que “ejerce el control sobre la organización, la prestación y los beneficios de un espectáculo que produce riesgos para quienes asisten al mismo, lo que justifica que deba responder por sus consecuencias”.
Es que el operativo se realizó en el marco del Torneo Federal B, el cual cae bajo la órbita de organización y control de la AFA, tal como lo establece su propio estatuto: “Sin permiso previo del Comité Ejecutivo, ningún club podrá́ disputar partido amistoso con otro club directa o indirectamente afiliado. Por cada partido que club de primera categoría, de Primera “B” Nacional, o de primera categoría “B” dispute en el interior del país, con su equipo de división superior, deberá́ abonar a la A.F.A. en concepto de derecho, la suma que se fije, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 258 de este Reglamento.”
(Fuente: Los Andes)