TRAILERS Y CASAS RODANTES: El 31 de Julio vence el plazo para realizar el nuevo patentamiento

Es obligatorio a partir del día 1 de Agosto de 2022. No podrán circular sin la patente emitida por la DNRP Y rige para tráilers y casas rodantes categoría 01.


Es obligatorio a partir del día 1 de Agosto de 2022. No podrán circular sin la patente emitida por la DNRP Y rige para tráilers y casas rodantes categoría 01.



El próximo día 31 de Julio, y no habiendo comunicación al día de la fecha de una nueva prórroga, se oficializa la normativa que dispone el plazo de entrada en vigencia del nuevo patentamiento de tráileres y casas rodantes categoría O1, la cual rige a partir del 1° de agosto, momento en el cual ya no podrán circular sin patente emitida por la DNRPA.

Recordemos que oportunamente los representantes del sector, el Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte de la Nación habían acordado prorrogar la entrada en vigencia de la norma que originalmente vencía el 1° de Abril, la cual fuera prorrogada hasta el 31 de Julio de 2022.

Es necesario aclarar que en todos los casos aquellos propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir con los nuevos requisitos a partir de vigencia de la medida, podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito ya que no estará permitido circular con la placa denominada como “patente 101”. En este sentido, se reemplazará con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), una vez certificado y corroborado que son seguros para la circulación por la vía pública.

A continuación podrás encontrar la normativa vigente en la materia, las instrucciones de como patentar un Tráiler 01 y cómo se obtiene el Certificado de Seguridad Vehicular para realizar el trámite ante el registro automotor.

Normativa Vigente : ansv_motovehiculos_normativa_vigente actualizado.pdf

¿Cómo patentar un tráiler o casa rodante Categoría O1 y O2?

En primer lugar, para realizar el trámite de patentamiento de los tráilers y casas rodantes categoría O1, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor se requerirá un Certificado de Seguridad Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La emisión de dicha certificación requiere de un informe técnico confeccionado y firmado por un ingeniero matriculado.

En el caso de los tráilers y casas rodantes categorías O2 y O3, El informe Técnico (CSV) deberá ser realizado por los talleres de Jurisdicción Nacional distribuidos en todo el territorio nacional, correspondientes al registro de los mismos bajo Disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte.

Luego, una vez que el informe técnico sea remitido por el colegio de ingenieros o taller de revisión técnica -según corresponda- y abonado el certificado, se iniciará un trámite online ante el Registro de Propiedad Automotor, ingresando en https://www.dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/ a fin de finalizar el tramite y retirar la nueva chapa patente.

Finalmente, concluidos estos pasos, el registro de propiedad automotor le indicará a partir de qué fecha podrá retirar las nuevas placas.

Cómo patentar un Tráiler 01 : https://www.argentina.gob.ar/servicio/como-patentar-un-trailer-o1

Como obtener el  Certificado de Seguridad Vehicular:

Si tenés un tráiler, casa rodante O1 o un motovehículo sin la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y querés realizar el trámite de patentamiento, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor (DNRPA) te requerirá un Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Obtener el Certificado de Seguridad Vehicular:  https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/consulta-para-la-obtencion-del-certificado-de-seguridad-vehicular