La medida fue formalizada mediante la Resolución RESOL-2025-264-APN-SSN#MEC, publicada el jueves 15 de mayo de 2025
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) oficializó el cambio de denominación social de la reaseguradora CCR RE, que a partir de ahora pasará a operar bajo el nombre ARUNDO RE. La medida fue formalizada mediante la Resolución RESOL-2025-264-APN-SSN#MEC, publicada el jueves 15 de mayo de 2025, y se inscribe dentro de los marcos legales establecidos por la Ley N° 20.091 y el Reglamento General de la Actividad Aseguradora
Según el texto oficial, la empresa presentó la documentación correspondiente para acreditar la modificación de su razón social, la cual fue analizada por la Gerencia de Autorizaciones y Registros. Esta dependencia constató que la reaseguradora cumplía con los requisitos estipulados en el punto 2.3 inciso d) del Anexo al punto 2.1.1 del Reglamento vigente, por lo que no existieron objeciones para aprobar la solicitud.
La entidad, inscripta bajo el N° 952 en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, había sido originalmente autorizada para operar en el país mediante la Resolución RESOL-2022-348-APN-SSN#MEC del 16 de mayo de 2022.
En consecuencia, la Superintendencia —actualmente a cargo de Guillermo Plate— resolvió tomar nota del cambio de denominación en los registros oficiales y notificó a la empresa a través del domicilio electrónico declarado, además de ordenar la publicación en el Boletín Oficial.
El nuevo nombre, ARUNDO RE, marcará desde ahora la identidad institucional de la compañía en el mercado de reaseguros argentino, sin que este cambio altere su status operativo o sus compromisos legales ya asumidos.
Desde la Superintendencia remarcaron que el procedimiento responde a las atribuciones previstas en el artículo 67 de la Ley de Entidades de Seguros y su Control, asegurando transparencia y continuidad regulatoria en el sector.
Este tipo de resoluciones, aunque formales, son esenciales para garantizar que las modificaciones societarias en el sector asegurador cumplan con las normativas vigentes y se reflejen adecuadamente en los registros públicos, brindando previsibilidad a los operadores y al sistema en su conjunto.
Acceda a la Resolución aquí: 264 SUN BO.pdf