Perdió dientes en un accidente laboral en Bariloche, pero no recibirá indemnización

Un policía de Bariloche perdió varios dientes tras un accidente en servicio, pero la justicia rechazó su demanda al considerar que no generó una incapacidad indemnizable.


Un policía de Bariloche perdió varios dientes tras un accidente en servicio, pero la justicia rechazó su demanda al considerar que no generó una incapacidad indemnizable.



En Bariloche, un policía sufrió un severo traumatismo facial mientras cumplía funciones, pero su reclamo fue rechazado. A pesar de la evidencia médica y los testimonios de testigos, la ART y la Justicia de Río Negro determinaron que la lesión no ameritaba una indemnización. ¿Qué pasa cuando un accidente laboral deja secuelas pero no es considerado incapacitante?

El caso expone los límites de la Ley de Riesgos del Trabajo y la dificultad de los agentes de seguridad para obtener reconocimiento por accidentes sufridos en servicio. El efectivo, que perdió varias piezas dentales, llevó su demanda hasta la Cámara Segunda del Trabajo, pero el fallo no lo favoreció.

El hecho ocurrió mientras el policía realizaba tareas operativas en un edificio. Una puerta de gran tamaño se desprendió y golpeó su rostro con violencia. El impacto le provocó un fuerte traumatismo facial y la pérdida de varias piezas dentales superiores.

Fue asistido de urgencia y luego presentó su reclamo ante Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., la aseguradora que cubre los riesgos laborales de la Policía de Río Negro. Sin embargo, la ART rechazó su pedido, argumentando que las lesiones no configuraban una incapacidad laboral permanente.

El fallido reclamo ante la Justicia

Tras la negativa de la ART, el policía llevó su caso a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y luego a la Cámara Segunda del Trabajo de Bariloche. Aportó informes médicos, radiografías y testimonios de compañeros que presenciaron el accidente.

Pese a la documentación presentada, el tribunal concluyó que la pérdida dentaria no era suficiente para justificar una compensación económica según la Ley de Riesgos del Trabajo. La sentencia sostuvo que no había pruebas concluyentes que demostraran un vínculo directo entre el accidente y las lesiones denunciadas.

El fallo judicial: sin indemnización

Los jueces determinaron que la aseguradora había cumplido con sus obligaciones y que el agente no reunía los requisitos para acceder a una indemnización. “Las dolencias denunciadas no generan una incapacidad laboral permanente que amerite reparación económica”, señalaron en la resolución.

Además, indicaron que la pericia médica no acreditó secuelas incapacitantes dentro del marco normativo vigente. Con este fallo, la ART quedó eximida de cualquier pago, aunque la sentencia aún puede ser apelada. (RioNegro.com.ar)