Las nuevas exigencias para que las motos circulen con seguros realzan la importancia de los canales autorizados

Esta disposición establece que las concesionarias de motos 0 km deben informar a la ANSV la póliza con la que la motocicleta sale en circulación.


Esta disposición establece que las concesionarias de motos 0 km deben informar a la ANSV la póliza con la que la motocicleta sale en circulación.



La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) creó el Formulario Digital Motocicletas 0KM – Seguro Obligatorio Anual, con el objetivo de que las motos cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito.

Desde FAPASA, recordamos que solo se puede contratar un seguro mediante los canales autorizados por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

Consideramos que la medida de la ANSV, implementada mediante la Disposición 544 del organismo, que rige desde el 9 de octubre pasado, es positiva en orden a garantizar que todo motovehículo puesto en circulación tenga su correspondiente seguro.

Esta disposición establece que las concesionarias de motos 0 km deben informar a la ANSV la póliza con la que la motocicleta sale en circulación.

No obstante, debemos aclarar que esto no significa que las concesionarias puedan intermediar en seguros, a menos que estén debidamente registradas como agentes institorios en la SSN.

Los PAS somos los únicos profesionales capacitados para brindar asesoramiento y servicio de calidad a los clientes.

Además, la SSN establece que el consumidor final o asegurado final tiene la libertad de elegir con quien contratar su seguro.

Por lo tanto, recomendamos a los compradores que al contratar el seguro obligatorio anual para su motocicleta consulten a su PAS de confianza.


¡Con un PAS es más seguro!


(Fuente: FAPASA)