A través de la modificación del punto 37.6 del RGAA, la SSN establece la obligatoriedad de informar pólizas y endosos.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informa que, mediante la Resolución 464/2025, se ha dispuesto una importante reforma en el Sistema Informativo de Emisión de Pólizas (SIEP), como parte del proceso de modernización y digitalización del mercado asegurador argentino.
A partir del 1° de enero de 2026, las entidades aseguradoras deberán informar a la SSN, a través del SIEP, la emisión de todas las pólizas y endosos de las ramas alcanzadas dentro de las 24 horas posteriores a su emisión. Asimismo, deberán realizar la carga inicial de todas las pólizas y endosos vigentes a esa fecha.
La obligación amplía el alcance del SIEP a prácticamente todas las ramas patrimoniales:
Quedan excluidos en esta primera etapa los Riesgos del Trabajo y los Riesgos Agropecuarios y Forestales.
Sin perjuicio de que se mantiene la obligación de informar a la SSN las pólizas y endosos de las ramas Automotores, Motovehículos, Responsabilidad Civil de vehículos destinados al Transporte Público de Pasajeros, Caución y Créditos, tal como ya establecía la Resolución 690/2022, la aplicación obligatoria para los nuevos ramos incorporados comenzará el 1° de enero de 2026, incluyendo la carga inicial de todas las pólizas y endosos vigentes a esa fecha.
El Manual Técnico del SIEP, disponible en el sitio web institucional, detalla los requerimientos operativos y técnicos que deben cumplimentar las entidades para realizar correctamente el envío de la información.
Con esta medida, la SSN profundiza la modernización de sus sistemas de supervisión, fortaleciendo la transparencia y el control de la actividad aseguradora en beneficio del mercado y de los asegurados.