Caución: SSN aprueba nuevas condiciones para el seguro de caución para obra y/o suministros y/o servicios públicos

Aprobó con carácter general las condiciones contractuales del “Seguro de Caución para Obra y/o Suministros y/o Servicios Públicos”. Esta medida se enmarca en un proceso de revisión y modernización de la normativa vigente para reducir la burocracia, simplificar los requerimientos y flexibilizar el diseño y comercialización de estos seguros.


Aprobó con carácter general las condiciones contractuales del “Seguro de Caución para Obra y/o Suministros y/o Servicios Públicos”. Esta medida se enmarca en un proceso de revisión y modernización de la normativa vigente para reducir la burocracia, simplificar los requerimientos y flexibilizar el diseño y comercialización de estos seguros.



La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución Sintetizada 293/2025 de fecha: 03/06/2025 aprobó con carácter general las condiciones contractuales del “Seguro de Caución para Obra y/o Suministros y/o Servicios Públicos”. Esta medida se enmarca en un proceso de revisión y modernización de la normativa vigente para reducir la burocracia, simplificar los requerimientos y flexibilizar el diseño y comercialización de estos seguros.

Aspectos Relevantes:

  1. Derogación de Normativa Anterior: La Resolución deroga expresamente las Resoluciones SSN Nros. 17.047 de fecha 9 de diciembre de 1982 y 20.943 de fecha 26 de septiembre de 1990, eliminándolas del Cuadro de Coberturas del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
  2. Aprobación de Nuevas Condiciones: Se aprueban las condiciones contractuales del "Seguro de Caución para Obra y/o Suministros y/o Servicios Públicos" como Anexo I de la Resolución.
  3. Estructura Modular y Flexibilidad: Las nuevas condiciones son de carácter general con una estructura modular, lo que busca brindar claridad en el alcance de la cobertura y facilitar su adaptación al contexto económico. Permite una rápida comercialización y da la opción a cada entidad aseguradora de presentar sus propias condiciones o modificar los textos propuestos según las necesidades del mercado.
  4. Incorporación al Reglamento General de la Actividad Aseguradora: La nueva cobertura asegurativa se incorpora al Cuadro de Resoluciones Generales del "Anexo del punto 23.2." del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
  5. Vigencia: Las nuevas condiciones contractuales podrán ser utilizadas por las aseguradoras a partir de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL.
  6. Contenido del Anexo I (Condiciones Generales y Específicas): El Anexo I detalla las "Condiciones Generales Comunes" y diversas "Condiciones Específicas" para distintos tipos de garantías de caución, tales como:
    • Garantía de Mantenimiento de Oferta.
    • Garantía de Ejecución de Contrato.
    • Garantía de Anticipo Financiero en Contrato de Obra.
    • Garantía de Anticipo en Contrato de Suministro y/o Servicio.
    • Garantía de Anticipo para Acopio en Contrato de Obra.
    • Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo.
    • Garantía de Obras Iniciales de Puesta en Valor.
    • Garantía de Obras Obligatorias.
    • Garantía de Obras de Rehabilitación.
    • Garantía de Tenencia de Bienes para su Uso, Reparación, Manutención y Reacondicionamiento.
    • Garantía de Tenencia de Material para Fabricación o Montaje.
    • Garantía de Certificación de Avance de Fabricación en Taller.
    • Garantía de Impugnación.
    • Garantías para Concesiones - Cumplimiento de la Adjudicación.

De acuerdo a los considerandos de la medida sta resolución moderniza y flexibiliza el marco regulatorio del seguro de caución para contrataciones públicas en Argentina, permitiendo a las aseguradoras mayor libertad en el diseño de las pólizas mientras mantiene la supervisión a través de condiciones generales aprobadas.

Acceda a la Resolución completa aquí: IF-2025-60136930- EVALUACION.pdf