ART: La SRT aprobó las alícuotas promedio para determinadas actividades

Dichas alícuotas se aplicarán al período comprendido entre el 01 de abril de 2022 y el 31 de marzo de 2023 para la determinación de deuda de cuota omitida al Fondo de Garantía de la Ley Nº24.557


Dichas alícuotas se aplicarán al período comprendido entre el 01 de abril de 2022 y el 31 de marzo de 2023 para la determinación de deuda de cuota omitida al Fondo de Garantía de la Ley Nº24.557



La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) dictó la Resolución 9/2023 de fecha 22/02/2023 y publicada en el día de hoy en el Boletín Oficial mediante la cual aprueba las alícuotas promedio para cada una de las actividades presentes en el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (C.I.I.U.) correspondientes al año calendario 2021 conforme el Anexo IF-2023-15767260-APN-SCE#SRT que forma parte integrante de la presente resolución.

Dichas alícuotas se aplicarán al período comprendido entre el 01 de abril de 2022 y el 31 de marzo de 2023 para la determinación de deuda de cuota omitida al Fondo de Garantía de la Ley Nº24.557, en los casos comprendidos en la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 86 de fecha 25 de octubre de 2019.



Acceda al anexo completo aquí: anexo_6805762_1.pdf